El Tribunal Supremo revoca el acortamiento de plazos de la ITV por el Estado de Alarma
Un auto del Tribunal Supremo no acepta la orden ministerial que acortó el periodo de vigencia de las revisiones de la Inspección Técnica de Vehículos, ITV, provocado por el Estado de Alarma. Con ese motivo, los vehículos afectados que pasaron posteriormente por la ITV salieron con la vigencia del anterior sello, no con la fecha de la revisión.
Un auto judicial prohíbe el sistema ideado para las revisiones de los vehículos durante el Estado de Alarma. Una orden ministerial del 15 de mayo acortaba el período de validez de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), al establecer que la vigencia se calculará con la fecha original en la que tenía que haberla pasado y no a partir de la fecha prorrogada.
La resolución no aclara el ámbito de aplicación o si tiene un carácter retroactivo, lo que obligaría a rectificar el recorte de la vigencia aplicada en las fichas técnicas de los vehículos afectados.
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